El Ministerio de Gobierno, a través de la Dirección del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, brinda información sobre cómo realizar el trámite de reconocimiento paterno en la provincia.
El reconocimiento paterno es un trámite mediante el cual el padre biológico reconoce legalmente a su hijo o hija, siempre que no exista una filiación previamente establecida. En caso de contradicción con una filiación anterior, deberá iniciarse la acción judicial correspondiente.
Requisitos
- Documento vigente del reconociente y Partida de Nacimiento del reconocido.
- Para adicionar o modificar el apellido del reconocido, deberán presentarse además la madre (si el reconocido es menor de edad) y el reconocido si es mayor de 13 años.
- Extranjeros con radicación permanente o temporaria: DNI argentino vigente para extranjeros.
- Extranjeros sin radicación: pasaporte o cédula/DNI Mercosur vigente (original y copia).
Si el progenitor interviniente no posee documento vigente, deberá acreditar su identidad con dos (2) testigos mayores de 18 años, con DNI vigente y domicilio en la República Argentina (original y copia).
En caso de que el reconociente no sepa o no pueda firmar, otra persona podrá hacerlo en su nombre.
Si la partida corresponde a otra jurisdicción argentina, deberá estar legalizada y actualizada (hasta 6 meses desde su expedición). Si la partida es extranjera, deberá estar traducida, legalizada y actualizada (hasta 1 año desde su expedición).
Para tener en cuenta
Si los progenitores no comprenden el idioma, deberán concurrir con un traductor público.
En los casos de declaraciones realizadas por instrumento público, privado debidamente reconocido o por disposición de última voluntad otorgados o certificados ante escribanos públicos, la documentación original deberá presentarse en el Departamento Mesa de Entradas y Salidas, ubicado en Santa Fe 54 Oeste, Capital, San Juan.
Procedimiento
El trámite se realiza de manera presencial en la Delegación del Registro Civil, sin necesidad de turno previo. Se recomienda la asistencia de ambos progenitores para poder optar por el orden del o los apellidos del reconocido. En caso contrario, se mantendrá el apellido materno hasta que se efectúe la modificación por la vía judicial correspondiente.
Información de contacto
- Teléfono: 0264 4936836
- Horario de atención en Sede Central del Registro Civil y Delegaciones Zonales: de 07.30 a 14.00 hs.
- Para más información, ingresar a: https://registrocivil.sanjuan.gob.ar/



